Intervención ante medios de comunicación del senador Rementería
Aguascalientes, Aguascalientes, 28 de septiembre de 2022
Redacción: Péndulo Informativo
Estimadas y estimados representantes de los medios de comunicación los saludo y agradezco su presencia.
Como ustedes saben, el día de hoy la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación convocó a sesión extraordinaria que tendrá lugar a partir de las 17:00 horas, para resolver en definitiva la impugnación que el Partido Acción Nacional y su candidato al Gobierno del Estado de Tamaulipas, César Truko Verástegui han presentado sobre los resultados de la elección celebrada el pasado 5 de junio.
Es un hecho que nuestro Partido ha presentado todas las pruebas que acreditan la intervención indebida de grupos del crimen organizado y de aportaciones ilegales que apoyaron la candidatura del Dr. Américo Villarreal y del Partido Morena que deberán ser valoradas por el Tribunal para que dicte sentencia en apego a lo establecido en la ley y en diversos criterios jurisdiccionales. Tenemos confianza en que las y los magistrados actuarán con autonomía, sin dejarse presionar. Consideramos que tienen elementos suficientes para decidir la anulación de la elección.
Hay hechos supervenientes que se han presentado al Tribunal Electoral para que los valore en la deliberación de hoy, dado que, como se hizo del conocimiento público, el candidato Américo Villarreal, solicitó por escrito, el pasado lunes 26 de este mes su reincorporación a las tareas legislativas de esta Cámara de Senadores.
En su Escrito el C. Américo Villarreal pide reincorporarse con efectos al propio día 26 y, cito, “…y hasta el momento en que se asuma el cargo del gobernador constitucional del estado de Tamaulipas…”, razón por la que pidió que las Cámara realizara los trámites necesarios para materializar su reincorporación al senado de la República.
La reincorporación de Américo Villarreal Anaya en sus funciones como Senador de la República actualiza una causal de inelegibilidad, toda vez que la figura de separación del cargo tiene como propósito evitar cualquier tipo de influencia sobre el electorado o sobre las autoridades electorales.
El propio Tribunal ha razonado que la figura de separación del cargo, en el juicio de revisión constitucional SUP-JRC-165/2008 que dio origen a la jurisprudencia 14/2009, debe prevalecer en todo el tiempo en que se está desahogando la etapa de resultados, declaración e inclusive la calificación de las elecciones, lo cual implica que en los hechos esa separación sea hasta que las actuaciones electorales queden firmes y definitivas, por no existir posibilidad de que sean revocadas, modificadas o nulificadas.
Esta misma circunstancia está regulada en el artículo 79 de la Constitución del Estado de Tamaulipas, fracción IV en donde se establece que no pueden desempeñar el cargo de Gobernador del Estado por elección:
“(…) Los que desempeñen algún cargo o comisión de otros Estados o de la Federación, a menos que se separen de ellos 120 días antes de la elección, sean o no de elección popular…”
Es claro que el proceso electoral para la renovación en la gubernatura en el Estado de Tamaulipas se encuentra en una etapa de calificación, por lo que la reincorporación en sus funciones de Senador de Américo Villarreal Anaya tiene como efecto irremediable su inelegibilidad, más aún si tomamos en cuenta que se debe evitar presión sobre las autoridades electorales y en este caso la Sala Superior del TEPJF, cuyos magistradas y magistrados de conformidad con el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son elegidos para ocupar su cargo por el Senado de la República y, al mismo tiempo, existe la posibilidad latente de utilizar recursos públicos para desequilibrar la calificación de la elección, a partir de las manifestaciones de Américo Villarreal y sus bancadas afines de los partidos Morena, PVEM y PT.
El C. Américo Villarreal Anaya ahora pretende de manera irregular dejar sin efectos el escrito previo de fecha 26 de septiembre del año en curso, lo cual resulta ilegal toda vez que se trató de una licencia que causó estado, a partir de las manifestaciones del Senador José Narro Céspedes en la sesión del mismo día 27 de septiembre de 2022 y que fue acordada favorablemente por el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, Alejandro Armenta Mier, lo cual consta en la sesión celebrada el día de ayer, siendo que en su caso, se requiere una nueva aprobación del Pleno de la Cámara de Senadores, de ahí su carácter ilegal, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Reglamento de la Cámara de Senadores y demás relativos y aplicables.
Sabemos que el artículo 14 del Reglamento de la Cámara de Senadores establece que se requiere una aprobación de la licencia para que en su caso el suplente asuma el cargo de Senador, por lo que una vez que se rinde la protesta constitucional, entra en funciones hasta en tanto el propietario se encuentre en posibilidad de reasumir el cargo.
Entonces, para dejar sin efectos la desincorporación en sus funciones de Senador por parte del C. Américo Villarreal Anaya necesariamente requirió que así fuera acordado por el Presidente de la Mesa Directiva Alejandro Armenta Mier como lo hizo previamente en la sesión de la Cámara de Senadores el día 27 de septiembre de 2022, ante el anuncio del Senador José Narro Céspedes.
El senador Américo Villarreal incurrió en incumplimiento de requisitos de elegibilidad sobre los que hoy debe pronunciarse el Tribunal Electoral.