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IMPULSAN REFORMA PARA TIPIFICAR LA USURPACIÓN DE IDENTIDAD E IMPONER HASTA 10 AÑOS DE PRISIÓN POR ESE DELITO

_México no cuenta con una legislación federal para sancionar la usurpación de identidad, mientras que, a nivel local, solamente 16 estados la tienen tipificada en diferentes ordenamientos jurídicos.

IMPULSAN REFORMA PARA TIPIFICAR LA USURPACIÓN DE IDENTIDAD E IMPONER HASTA 10 AÑOS DE PRISIÓN POR ESE DELITO

Por:Redacción
Ciudad de México, 2024

La diputada Olga Juliana Elizondo Guerra (PT) planteó adicionar diversas disposiciones al Código Penal Federal, a fin de tipificar la usurpación de identidad y castigar este delito hasta con 10 años de prisión.

La adición de un capítulo III Quáter denominado “Usurpación de identidad” y de un artículo 390 Ter a dicho Código establece que comete el delito de usurpación de identidad el que por cualquier medio obtenga datos personales en perjuicio de un tercero, con el objetivo de suplantar su identidad a fin de obtener algún beneficio para sí o para otra persona, o para la comisión de cualquier otro delito.

Precisa que a quien cometa este delito se le impondrá pena de dos a diez años de prisión y hasta cuatrocientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

Se aumentarán en una mitad las penas previstas en dicho artículo y suspensión del derecho de ejercer la actividad profesional por un lapso de uno a cinco años en el supuesto de que el sujeto activo tenga licenciatura, ingeniería o cualquier otro grado académico reconocido en el rubro de la informática o la telemática.

La propuesta, remitida a la Comisión de Justicia, señala que la usurpación de identidad aqueja a miles de mexicanas y mexicanos, y ésta no solo debe entenderse como un detrimento patrimonial, sino que, también, presenta efectos secundarios, toda vez que acceden a información privada y a datos personales que son aprovechados por el delincuente para suplantar la identidad de la persona y cometer otros actos ilícitos.

Explica que la usurpación de identidad se realiza a través de cuentas bancarias, redes sociales o, incluso, vía telefónica en las que, valiéndose de la homonimia, parecido físico o similitud de la voz, usurpan la identidad de las personas u obtienen información privada para hacerse pasar por éstas mediante engaños.

El documento refiere que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), a través de su portal, informó sobre los tipos de fraudes cibernéticos que en la actualidad se han convertido en un problema creciente en el país y que presentan una reiterada conducta en el modus operandi de los delincuentes.

Destaca que el fraude cibernético bancario representa una de las principales estafas que han permitido que los ciberdelincuentes acumulen cifras millonarias a través de la usurpación de identidad de las usuarias y usuarios del sistema financiero digital.

Esta modalidad –indica– consiste en obtener datos de las cuentas bancarias de quienes caen en trampas a través de llamadas telefónicas, mensajes e incluso por medio de las redes sociales.

México no cuenta con una legislación federal para sancionar la usurpación de identidad, mientras que, a nivel local, solamente 16 estados la tienen tipificada en diferentes ordenamientos jurídicos. Estos son Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas. Lo anterior, a pesar de que el derecho a la identidad está reconocido plenamente por la Constitución Política.

Ante ello, resalta la necesidad de legislar en esta materia con el objetivo de detener los abusos que actualmente se cometen en contra de las y los mexicanos.

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