AMLO PUBLICA DECRETO DE » LEY DE AMNISTÍA», OTORGA LA FACULTAD AL EJECUTIVO DE LIIBERAR PERSONAS SIN EL MENOR TRAMITE QUE OTORGAR SU AMNISTÍA
*Se adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía, con lo que el titular del Ejecutivo federal podrá otorgar el beneficio de la amnistía de forma directa
*La amnistía concedida en términos de lo dispuesto por articulo 48 de la reforma a esta ley, traerá como beneficio la extinción de acciones penales y las sanciones impuestas», a quien reciba la amnistía por parte del presidente de la república.
Por: Redacción
Ciudad de México, a 14 de Junio, 2024
Este viernes el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto presentado por el presidente de México Andrés Manuel López Obrador, en p que se adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía, con lo que el titular del Ejecutivo federal podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa.
«Por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento», indica.
El DOF detalla que en casos específicos se deben reunir condiciones: «Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado Mexicano, y que en contra de la persona o personas a las que se conceda la amnistía, se haya ejercido la acción penal, estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito».
«En los casos a que se refiere esta disposición no será aplicable lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Ley. La amnistía concedida en términos de lo dispuesto por este artículo extinguirá las acciones penales y las sanciones impuestas», señala.
El decreto entrará en vigor este sábado, al día siguiente al de su publicación, y el Presidente podrá emitir los acuerdos que considere necesarios para la aplicación de lo dispuesto.